Varios expertos coinciden que Chile ya está preparado para avanzar en la protección de los animales, y considerarlos en la nueva carta fundamental. Esto quiere decir que el Estado deberá velar por su bienestar y asumir un rol protector sobre ellos, ya que pasarán a ser seres sintientes y dejarán de ser propiedades, como lo son hoy ante nuestro el Código Civil.
Hasta agosto del 2019, casi un millón de animales estaban inscritos en el Registro Nacional de Mascotas. Dicha iniciativa surgió de la ley 21.020 sobre tenencia responsable de Mascotas y Animales de Compañía, o también conocida como Ley Cholito, que buscaba, entre otras cosas, delimitar las obligaciones del dueño sobre los animales de compañía.
Además de esa ley, Chile tiene otros 23 cuerpos normativos sobre el tema, sin embargo, tanto fundaciones como expertos y la misma opinión pública, consideran que dichas medidas no son suficientes para asegurar su bienestar. Sumado a ello, hay que destacar que el Código Civil actual los establece como “bienes muebles” o “inmuebles”, es decir, como cosas, lo que limitaría y truncaría su real protección.
Cabe mencionar que a nivel regional son pocos los países que tienen a los animales considerados en su Constitución, nos referimos a: Bolivia, Brasil, Guyana, Ecuador y Venezuela. El resto de los países, y al igual que nosotros con la Ley Cholito, abordan el tema pero solo con leyes específicas y superficiales.
En este escenario, ad portas de un proceso constituyente, se está planteando con mucha fuerza llevar los derechos de los animales a un nivel constitucional. Si te interesa saber más sobre el tema, hay varios aspectos a los que debes poner atención:
- Individualidad de los animales: Eso significa que se debe reconocer el animal como un sujeto de interés propio, contrario a sólo considerarlo como parte del medio ambiente o de un entorno.
- Seres sintientes: Esto quiere decir que sean considerados como seres que tienen capacidad de conciencia y capacidad de experimentar emociones no siempre son positivas, es decir, considerarlos como seres dotados de sensibilidad.
- Deber estatal: Implica que la protección no sería solo una declaración de buena voluntad, sino que los organismos públicos estarían obligados a tomar medidas positivas en pos de proteger los intereses de los animales.
Si lees propuestas o proyectos que aborden la protección animal, debes saber que esos son los tres aspectos fundamentales a tener en cuenta para que un cambio de esta envergadura sea real y, sobre todo, efectivo. Solo así la protección sobre los animales estará consagrada como una obligación del Estado, entregándose todas las atribuciones y recursos que sean necesarios.